Desde la perspectiva jurídica, este derecho forma parte del núcleo de las libertades fundamentales. Los principales instrumentos internacionales, como la Declaración Universal de Derechos Humanos (artículo 18) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, establecen que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, y que esta libertad incluye la de manifestar sus creencias, ya sea individual o colectivamente, en público o en privado. De este modo, la libertad religiosa se vincula directamente con la dignidad humana y con el respeto por la diversidad cultural y espiritual.
El ejercicio de este derecho implica dos dimensiones: una interna, vinculada a las creencias personales, y otra externa, relacionada con la manifestación pública de la fe. La primera es absoluta, ya que nadie puede ser forzado a creer o a dejar de creer; la segunda, en cambio, puede estar sujeta a limitaciones razonables cuando entra en conflicto con otros derechos o con el orden público. Por ejemplo, las normas pueden regular el uso de símbolos religiosos en instituciones públicas, la enseñanza confesional en la educación estatal o las objeciones de conciencia frente a determinadas obligaciones legales.
El derecho comparado muestra distintos enfoques sobre cómo equilibrar la libertad de religión con la neutralidad del Estado. En algunos países, se promueve un modelo laico en el que las instituciones públicas deben mantener una estricta separación respecto de las organizaciones religiosas. En otros, se reconoce un papel más activo a las religiones históricamente predominantes, siempre que no se vulnere el principio de igualdad ante la ley. Este equilibrio suele generar debates intensos, especialmente cuando las creencias religiosas inciden en temas éticos, sociales o científicos, como los derechos reproductivos, el matrimonio igualitario o la educación sexual.
Uno de los aspectos más relevantes en la protección de la libertad religiosa es la prohibición de la discriminación por motivos de creencias. Ninguna persona puede ser excluida de un empleo, un servicio público o un derecho civil por su fe o por su falta de ella. En este sentido, la legislación moderna busca garantizar que las diferencias religiosas no se traduzcan en desigualdades reales. La jurisprudencia internacional ha señalado reiteradamente que el Estado tiene la obligación de proteger tanto a las mayorías religiosas como a las minorías, especialmente cuando estas últimas enfrentan prejuicios o persecuciones.
La libertad religiosa no se agota en el ámbito de la fe. Su verdadera relevancia radica en su papel como garante de la convivencia pacífica en sociedades cada vez más heterogéneas. Cuando las normas reconocen y protegen el derecho a creer de manera distinta —o a no creer—, fortalecen la tolerancia y la cohesión social. La defensa de esta libertad es, en última instancia, una defensa del pluralismo democrático y del respeto mutuo que toda comunidad necesita para prosperar.
2025-12-09